En el caso de personas que tienen
limitaciones físicas o mentales, la Corte asegura que la estabilidad laboral
implica el derecho a permanecer en el empleo, no ser despedido por la situación
de vulnerabilidad, estar en el empleo hasta que se requiera el cargo o hasta
que haya una causal objetiva, y que el despido sea autorizado por el Ministerio
del Trabajo.
La Corte recordó que, aun cuando se
pague una indemnización, esto no implica que no se violen derechos por la
desvinculación de personas enfermas, sin importar que la enfermedad haya sido
causada por un accidente, sea profesional o de origen común, o si es o no
transitoria.
Otra de las
obligaciones es la reubicación de las personas enfermas en otro cargo o
proponer “soluciones razonables”.
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